jueves, 5 de agosto de 2010

Los Derechos Humanos


El CIVISMO,  no es una moda, no es un concepto escrito en un libro ni un diez otorgado en una materia.

El CIVISMO eres tú, es tu actitud ante la vida, tu forma de ser y actuar.



Es por eso que, la formación cívica es parte importante de la vida de los hombres. Pues no sólo se nos tiene que enseñar a ser simples hombres sino también, a ser buenos ciudadanos.

Recuerda que, tu actitud cívica será tu carta de presentación a lo largo de tu existencia, y de ello dependerá que tu mundo se amplié o se cierre según tus obras en él.

En este ciclo escolar, hemos elaborado para tí. Este cuadernillo con algunos documentos y temas importantes que manejaremos a lo largo del presente año. Esperando con ello ampliar la información que viene en tu libro de consulta; y a la vez facilitar el análisis y adquisición de dichos documentos.

Te invitamos a que lo conserves y hagas uso de él; leyéndolo tu e invitando a tus padres a leerlo contigo. Pues nunca es demasiado tarde para aprender y siempre podemos aprender algo nuevo.

Y recuerda que......



"EN LA SEMILLA ESTA EL ÁRBOL



EN EL NIÑO ESTA EL HOMBRE

Y EN EL HOMBRE ESTA NUESTRO FUTURO "


VALORES UNIVERSALES



Todos los seres humanos necesitamos vivir en una sociedad. Para que esa sociedad funcione, necesitamos aprender a convivir; esa convivencia es producto de la educación que recibimos en: la casa, escuela, amigos, medios de comunicación, etc.

Es en el lugar donde recibimos la formación más importante; pues son nuestros padres, los encargados de inculcarnos los valores y las normas de convivencia que más tarde van a ser parte de nuestra formación cívica.

La Ética ó Moral , es la parte de la Filosofía, que se dedica al estudio de los actos humanos, sus normas sociales y valores, es decir, el obrar consciente y libre de los hombres.

El valor supremo de la Ética, es el "Bien, Lo Bueno".

Un VALOR: es la cualidad o característica que posee una persona o un objeto y que lo hace estimable.



Cada valor tiene un antivalor. Ejemplo: Justicia = Valor. Injusticia = Antivalor.

VALORES UNIVERSALES: Son el conjunto de normas de convivencia validas en un tiempo y época determinada.

Se consideran como valores universales, los siguientes:



LIBERTAD: Es obrar con libre albedrío. Es hacer lo que uno desea, pero sin dañar a nadie. La libertad física es limitada. Sólo el pensamiento es infinitamente libre.



JUSTICIA: Es dar a cada quien lo que se merece, según sus obras.



RESPETO: Es una consideración especial hacia las personas en razón de reconocer sus cualidades, superioridad, méritos o valor personal.



TOLERANCIA: Actitud abierta hacia posturas u opiniones diferentes de la propia.



RESPONSABILIDAD: Es la obligación de responder por los actos que uno ejecuta, sin que nadie te obligue.



AMOR: Es un principio de unión entre los elementos que forman el Universo. Manifestación de los hombres hacia el bien y la belleza absoluta.



BONDAD: Es una cualidad considerada por la voluntad como un fin deseable tendiente a lo bueno.



HONRADEZ: Es la cualidad que nos hace proceder con rectitud e integridad.



CONFIANZA: Actitud de esperanza hacia una persona o cosa. Sentimiento de seguridad en uno mismo. Acto de fe.



SOLIDARIDAD: Es una responsabilidad mutua contraída por varias personas, que nos permite comprometernos de manera circunstancial a la causa de otros.



VERDAD: Es la conformidad o acuerdo de lo que se dice con lo que se siente , se piensa y se hace.



VALENTÍA: Es la cualidad que nos permite enfrentar con valor todos los actos de nuestra vida.



PAZ: Es el acto de unión o concordia que permite la convivencia armoniosa entre los miembros de una sociedad o familia.



AMISTAD: Es el afecto o estimación entre las personas que les permite establecer vínculos de convivencia más estrechos.



FRATERNIDAD: Es la unión y buena correspondencia entre los hombres.



HONOR: Es el sentimiento profundo de la propia dignidad moral del hombre.

GARANTÍAS INDIVIDUALES: Son los derechos fundamentales de las personas, cuya finalidad es reducir los efectos de las desigualdades entre los individuos, de disfrutar la LIBERTAD, SEGURIDAD, IGUALDAD y PROPIEDAD, al señalar los deberes para su ejercicio. También se les conoce como derechos individuales, fundamentales o humanos



ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS ´´ONU´



La ONU cumple en 1998, 56 años de ser fundada. Tubo su antecedente inmediato en la Declaración de las Naciones Unidas, firmada el 1º de enero de 1942 por 26 naciones aliadas en contra del Eje Berlín - Roma - Tokio, en la 2ª Guerra Mundial.

En 1944 se reunieron especialistas de Estados Unidos , Gran Bretaña, China y la URSS en Durbantom Oaks para elaborar los principios de la ONU. En la Conferencia de Yalta (4-Feb-1945) se discutió la neutralidad de la ONU y la permanencia de China como miembro del Consejo de Seguridad junto con E.E.U.U.; así como las bases militares en el Pacífico, y la capacidad de veto para: la URSS, China, Francia, Gran Bretaña, y E.E.U.U..



La ONU fue fundada oficialmente el 24 de Octubre de 1945, sucesora de la Sociedad de Naciones disuelta el 31 de julio de 1947.



Características de la O.N.U

1.- Formada por 6 órganos principales:

a) Consejo de Seguridad (CS).



b) Corte Internacional de Justicia (CIJ).



c) Consejo de Administración Fiduciaria.

d) Consejo Económico y Social (CES).



e) Secretaría.

f) Asamblea General (AG).



Todos ellos, a excepción de la Corte residen en la sede de la ONU, en la Cd. de New York, en la United Nations Plaza, construida y donada por los Rockefeller. La Corte se encuentra en La Haya, Países Bajos.



2.- Los Idiomas oficiales de la ONU son: Ingles, Español, Ruso, Francés y Chino.



3.- Países NO miembros de la ONU:Suiza, no es miembro de la ONU por voluntad propia, pero es sede de algunos organismos de la ONU, tales como:



UNCTAD: Conferencia de Comercio y Desarrollo de las Naciones Unidas.



UNDRO: Oficina del Coordinador de las Naciones Para la Ayuda en Casos de Desastre.



UNHCR: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.



OMC: Organización Mundial de Comercio.



WIO: Organización Internacional del Trabajo.



OMS: Organización Mundial de la Salud.



ITU: Unión Internacional de Telecomunicaciones.



WIPO: Organización Mundial de Propiedad Intelectual.



ECE: Comisión Económica de Europa.



Otros países no miembros de la ONU son: Venda, Ciskei, Transkei, y Bophuthastswana creados por la República de Sudáfrica. La Santa Sede, Tonga, Tuvalú, Andorra, Taiwan, Kiribati, Corea del Norte, Corea del Sur, Liechestestein, Mónaco, Nauru y San Marino.

4.- Finalidad de la ONU:

Hace prevalecer los Derechos Fundamentales del Hombre, la dignidad y el valor de la persona humana, la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas.



Crea un régimen de justicia y de respeto por el derecho.



Promover el progreso económico y social, elevar el nivel de vida de todos los pueblos dentro de un concepto más amplio de libertad.



Ejercer la tolerancia y convivir en paz como buenos vecinos.



Mantener unidas la paz y la seguridad internacional.



Ayudar a los pueblos en caso de desastre.



Asegurar que no se use la fuerza sino en servicio del interés común.



Promover el desarme de las naciones poderosas.



Evitar la producción indiscriminada de armas.



5.- Miembros de las Naciones Unidas:

Se integro en un principio por 51 países fundadores en el año de (1945):Arabia Saudita, Argentina, Australia, Bélgica, Bolivia, Brasil, Canadá Colombia, Costa Rica, Cuba, Checoslovaquia, Chile, China, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, E.E.U.U., Etiopía, Filipinas, Francia, Grecia, Guatemala, Haití, Honduras, India, Irán, Iraq, Líbano, Liberia Luxemburgo, México, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Reino Unido, Rep. Dominicana, Rep. Soc. Soviética de Bielorrusia, de Ucrania, Siria, Sudáfrica, Turquía, URSS, Uruguay, Venezuela, Yugoslavia
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS



El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU); proclamó la "Declaración Universal de los Derechos Humanos". Esta declaración se integra de 30 artículos e indican lo siguiente:

La presente Declaración tiene como ideal común que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos.



Art. 1º.- Todos los seres humanos nacen libres en igualdad y derechos.



Art. 2º.- Toda persona tiene los derechos y libertades de esta Declaración. Sin distinción de raza, sexo, religión, idioma o política.



Art. 3º.- Todo individuo tiene derecho a la vida, la seguridad y la libertad personal.



Art. 4º.- Nadie estará sometido a la esclavitud y la servidumbre.



Art. 5º.- Nadie será sometido a tortura, trato cruel, inhumano o denigrante.



Art. 6º.- Todo humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.



Art. 7º.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.



Art. 8º.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo que le ampare contra actos que violen sus derechos.



Art. 9º.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, arrestado ni apresado.



Art. 10º.- Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para determinar sus derechos y obligaciones.



Art. 11º.- Todo acusado de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad.



Art. 12º.- Nadie será objeto de acciones arbitrarias en su familia, su vida privada, su persona, ataques a su honra o reputación.



Art. 13º.- Todos tienen derecho a circular libremente y elegir su residencia en un Estado determinado.



Art. 14º.- En caso de persecución tiene derecho a buscar asilo en cualquier país.



Art. 15º.- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.



Art. 16º.- Hombres y mujeres en edad núbil tiene derecho a casarse, formar una familia con igualdad de derechos y en caso de divorcio compartir responsabilidades con los hijos.



Art. 17º.- Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectiva.



Art. 18º.- Toda persona tiene libertad de pensamiento, religión y conciencia.



Art. 19º.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión.



Art. 20º.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacífica.



Art. 21º.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.



Art. 22º.- Toda persona tiene derecho a la seguridad personal.



Art. 23º.- Toda persona tiene derecho a un trabajo, a elegirlo y a percibir a trabajo igual, salario igual.



Art. 24º.- Toda persona tiene derecho al descanso al disfrute de su tiempo libre y a vacaciones periódicas y pagadas.



Art. 25º.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, a la salud, y al bienestar, al vestido, vivienda, asistencia médica, servicios sociales, seguros de (desempleo, invalidez, viudez, enfermedad, etc.)



Art. 26º.- Toda persona tiene derecho a la educación.



Art. 27º.- Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y del progreso científico.



Art. 28º.- Toda persona tiene derecho a gozar del orden nacional e internacional para que sus derechos sean efectivos.



Art. 29º.- Toda persona tiene deberes con su comunidad.



Art. 30º.- Nada en esta Declaración podrá tener otra interpretación, ni suprimir cualquier libertad de la misma.



COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS - CNDH



La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)es un órgano encargado de recoger las quejas contra los abusos de autoridad, aunque no puede intervenir en todos los casos. Es un organismo con personalidad jurídica (recocida por la ley y con patrimonio propio), cuyo objetivo principal es la protección, promoción, estudio y divulgación de los Derechos Humanos.



Corresponde al Presidente Constitucional emitir el decreto de creación de la CNDH, el día 6 de junio de 1990, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.

Funciones de la Comisión.



Proponer la política nacional en materia de respeto y defensa de los Derechos Humanos.



Establecer los mecanismos de coordinación que aseguran la adecuada ejecución de la política nacional de respeto y defensa a los Derechos Humanos.



Elaborar y ejecutar los programas de atención y seguimiento a los reclamos sociales sobre Derechos Humanos.



Elaborar y proponer programas preventivos en materia de Derechos Humanos, en los ámbitos jurídico, educativo y cultural para la Administración Pública Federal.



Apoyar y asesorar técnicamente, cuando así se le solicite, a las autoridades estatales y municipales en la constitución y funcionamiento de las comisiones de protección a los derechos que las mismas creen.



Establecer convenios de colaboración con los organismos gubernamentales de las entidades federativas encargadas de la protección y defensa de los Derechos Humanos.



Proponer acciones dirigidas ala protección de los derechos fundamentales de los mexicanos que radican en el exterior y de extranjeros en el territorio nacional.



Establecer canales de comunicación permanente con las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales en materia de Derechos Humanos.



Proponer las reformas, adiciones o nuevos instrumentos jurídicos que se juzguen indispensables en materia de protección y defensa de los Derechos Humanos ante las instancias competentes.



Formular programas y proponer acciones que impulsen el cumplimiento dentro del territorio nacional de los tratados, convenios y acuerdos internacionales asignados por nuestro país.


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